PROGRAMACION COLOMBIA DESTINO TURÍSTICOS
Modulo 2
Normatividad turística
Ley general del turismo 1996 decretos reglamentarios
Política general del turismo
Ley general del turismo 300/1996
Objetivo
el estado, el sector privado, la comunidad; son responsables de una adecuada presentación del servicio turístico.
el turismo requiere de ventajas comprativas y debe construir ventajas competitivas .
estimula el desarrollo del turismo a través de la ordenación promoción y disciplina del mercado con ejes fundamentales de la acción turística.
Ley general del turismo 300/1996
Marco institucional
-ministerio de comercio, industrial y turismo
- viceministro comercio exterior.
-viceministro de desarrollo empresarial.
-dirección calidad y desarrollo sostenible y la dirección análisis sectorial y promocional.
Ley general del turismo 300/1996
Importancia de la industria turística A.R.T
"El turismo es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades, territoriales, regiones, provincias y cumple una función social. El estado le dará especial protección en razón de su importancia para el desarrollo nacional.
Principios generales de la industria turística A.R.T 2
Concertación
Las decisiones y actividades del sector se fundamentaran en acuerdos para asumir responsabilidades esfuerzos y recursos entre los diferentes agentes comprometidos.
Principios generales de la industria turística A.R.T
Coordinación
-Las entidades publicas actuaran en forma coordinada en el ejercicio de sus funciones.
Descentralización
Las actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del estado de sus áreas de competencia y se desarrollo por las empresas privadas y estatales.
Principios generales de la industria turisticaA.R.T 2
Planeación:las actividades turística serán desarrolladas de acuerdo al plan sectorial de turismo
Protección al ambiente:el turismo se desarrollara en armonía con el desarrollo del medio ambiente.
Desarrollo social:el turismo es una actividad que permite la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.
Libertad de empresa: el turismo es una industria de servicios de libre iniciativa libre acceso.
Protección al consumidor:teniendo en cuenta al turista como un consumidor.
Fomento:el estado protegera y otorgara prioridad al desarrollo integral de las actividades turísticas.
Descentralización de funciones A.R.T 42-15
Las entidades territoriales, ejercerán sus funciones relacionadas con el turismo de manera coordinadas y armónica con el gobierno central.
El MCIT podrá subcribir convernios con las entidades territoriales para la ejecución de los planes y programas acordados, asignando recursos y responsabilidades.
Planeacion del sector turístico A.R.T 16-17
-Las entidades regionales elaboraran los planes sectoriales de desarrollo turísticos en su respectiva jurisdicción.
-este plan contendrá elementos para fortalecer la competitividad, de tal forma que, encuentre condiciones favorables para su desarrollo en los ámbitos social, económico, cultura y ambiental.
Zonas de desarrollo turístico prioritario A.R.T 18-21
Los consejos distritales o municipales determinaran las zonas de desarrollo turístico prioritario, que producirá los sgtes efectos.
-afectar el uso del suelo para garantizar el desarrollo prioritario de actividades turísticas.
-apoyar con la dotacion en servicio publico e infraestructura básica de acuerdo con los planes maestros distritales o municipales.
-establecer excenciones sobre los tributos de su competencia en las zonas de desarrollo turístico prioritarios.
Recursos turístico A.R.T 23 -24
el MCIT podrá solicitar a los concejos distritales o municipales la declaratoria como recurso turístico, utilidad publica
-zonas urbanas
-playa
-vías
-monumentos
-construcciones
mejorar los sitios, construcciones y monumentos históricos
Turismo especializado ART 27-28
Ecoturismo:actividad dirigida y controlada que se respeta el patrimonio cultural y natural se desarrolla dentro de los parámetros del desarrollo humano sostenible, busca la educacion y esparcimiento mediante la observacion y estudios de valores del lugal y desarrollo debe generar recurso para su preservaciones para la comunidad.
Turismo especializado ART 27-28
Etnoturismo: turismo especializado que se realiza en territorio de los grupos etnicos con fines culturales, educativo y recreativo que permite conocer los valores culturales, forma de vida, manejo ambiental, costumbre de los grupos etnicos.
Turismo especializado ART 27-28
Acuaturismo: turismo especializado como motivo principal el disfrute por parte de los turistas de servicios de alojamientos, recreacion y gastronomia, prestado durante el desplazamiento por rio, mares, lagos y en general cualquier cuerpo de agua.
turismo metropolitano: se realiza en grandes centros urbanos, con fines educativos y recreativos, que da lugar a la lugar a la conservacion.
turismo social: servicio publico promovidopor el estado con el proposito de que las personas de recursos limitados puedan acceder al descanzo y el aprovechamiento del tiempo libre. para los grupo de la tercera edad, pensionados y minusvalidos el gobierno reglamentaria los planes de servicios y descuentos especiales.
Fondo de promocion turisticas ART 42-48 decreto n° 501 de 1997 n°521 de 1998 n°2394 de 1999
recurso: constribucion para fiscal de empresario turistico establecimiento hoteleros, restaurante turistico y agencia de viaje del orden de 225 por mil de valores de sus ventas anuales y recursos fiscales del presupuesto general de la nacion destinados a fortalecer la competitividad la promocion y el mercado nacional e internacional del turismo
No hay comentarios:
Publicar un comentario